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Jerarquización
del área
Un
ARBA para los pibes
En diciembre de 2007 la Legislatura bonaerense
sancionó la Ley 13.766 que dejó formalmente
creada la Agencia de Recaudación de la Provincia
de Buenos Aires (ARBA)
De esta forma se daba inicio a una entidad
autárquica que tiene como meta "la ejecución
de política tributaria mediante la determinación,
fiscalización y percepción de los tributos"
en el territorio bonaerense.
La ley estableció que el ARBA es la
Autoridad de Aplicación del Código Fiscal de
la Provincia, y le dio facultades, entre otras, celebrar convenios
con los municipios a fin de mejorar su funcionamiento; organizar
el diseño interno de la entidad; definir su estructura
funcional y proponer el plantel básico correspondiente
de acuerdo a la asignación presupuestaria. Para tal
fin la Agencia está habilitada a administrar y resolver
los gastos e inversiones de los recursos asignados a la entidad,
transferir partidas presupuestarias, proponer la venta de
bienes, autorizar, adjudicar y contratar obras y servicios,
y adquirir bienes, bajo cualquier título y modalidad,
como así también aceptar donaciones con o sin
cargo.
El ARBA también quedó facultado
para realizar campañas en medios de comunicación
para informar los propósitos y los resultados del organismo
y realizar convenios de colaboración con entes públicos,
privados o mixtos en el ámbito de las materias que
hacen a su competencia.
En definitiva, un amplio espectro de disposiciones
que le otorgan al ARBA la capacidad de
realizar sus dos principales propósitos: mejorar sustancialmente
los niveles de recaudación y generar una conciencia
de cumplimiento fiscal en los ciudadanos bonaerenses.
Pero cabe preguntarnos qué fue lo que
llevó al estado provincial a modernizar y jerarquizar
las facultades de la Dirección de Rentas para crear
el ARBA.
La respuesta es simple: fue la crisis.
¿Equivalencias?
Más tarde que temprano, los argentinos
comprendimos que el corrimiento del Estado de áreas
estratégicas como la educación, las políticas
sociales y la creación de condiciones de productividad
provocaba estragos que se traducían en un exponencial
crecimiento de la desocupación, la pobreza y la indignidad.
Reasumir un rol estatal activo que desplegase medidas tendientes
a mejorar las deterioradas estadísticas sociales puso
en evidencia la necesidad de finaciamiento. Y las formas de
financiamiento del estado no son muchas: o se recurre a organismos
de créditos con las consabidas exigencias que de ello
se desprende o se afianza el mecanismo más genuino
de capitalización, una efectiva política fiscal.
Por supuesto que esto llevó tiempo. Aquel estado excepcional
de cosas que obligó a la Provincia a emitir una cuasi
moneda como los Patacones para asumir sus compromisos, también
tuvo que establecer criterios excepcionales para superar esa
situación. La Provincia consideró entonces como
una absoluta prioridad la reestructuración de la política
fiscal para mejorar la recaudación.
Ahora bien, si las pésimas condiciones económicas
y sociales en las que se encontraba el país y la provincia
hicieron necesario afianzar las políticas recaudatorias
para implementar medidas redistributivas, vale preguntarse
qué otras áreas revisten la misma necesidad.
Qué otros sectores deben considerarse de interés
superior.
La respuesta vuelve a ser simple y engloba al sector más
vulnerable de nuestra sociedad: los niños.
En marzo de 2007 un informe reveló
que el 48 por ciento de los menores de 9 años no recibía
la alimentación y la vestimenta adecuada. Es decir,
que el 48 por ciento de los más de 2 millones y medio
de niños de la Argentina era pobre. Del estudio también
se desprendía que el 50 por ciento de los niños
de los centros urbanos vivían en hogares sin cobertura
médica.(1)
Recordemos que en 1975 la pobreza alcanzaba
apenas a un 4 por ciento de la población infantil.
En tan sólo 32 años nuestro país universalizó
la pobreza. Este es motivo suficiente para buscar la herramienta
más idónea para enfrentar la situación
de crisis, dándole la necesaria jerarquía, especificidad
y agilidad de gestión a la Autoridad de Aplicación
de las políticas públicas de niñez. Existen
otros argumentos para sustentar este criterio:
- Antecedentes legales
que otorgaban al área de niñez naturaleza
de ente autárquico. Ya la ley 4547 de 1937
que crea la Dirección General de Protección
a la Infancia le otorgaba "personería jurídica"
y atribuciones para "Intervenir directa y administrativamente
en toda cuestión relacionada con la protección
del niño" (art. 8 inc. a), y "La administración,
aplicación y contralor de los fondos que por cualquier
concepto se destinen a la protección de menores."
(art. 8 inc. b), entre otras. El Consejo Provincial del
Menor (1996-2002) contaba con autarquía y dependencia
directa de la Unidad Gobernación. La ley 12607 establecía
la creación del Consejo Provincial del Niño
y el Jóven con idénticas atribuciones.
- Coherencia con los deberes del Estado
para con los niños que se estipulan en la ley
13298. Entre otros "asegurar con absoluta prioridad
la realización de sus derechos"; "remoción
de los obstáculos de cualquier orden" que "impidan
o entorpezcan el pleno desarrollo de los niños y
su activa participación en la comunidad"; "asignación
privilegiada de recursos públicos en las áreas
relacionadas con la promoción y protección
de la niñez".
Sin duda es un "obstáculo" a remover que
gestiones urgentes vinculadas a la promoción y protección
de niños se pierdan durante meses o años en
la burocracia de un ministerio gigantesco. No es clara la
"aignación privilegiada de recursos" cuando
el área específica cuenta con solo el 12,7%
del presupuesto general del Ministerio de Desarrollo Social.
La propuesta
Durante el año 2008, tras varios meses
de gestión y un profundo análisis, el equipo
de trabajo que encabezaba la entonces Subsecretaria de Niñez
y Adolescencia, Martha Arriola, evaluó que el área
se encontraba frente a una situación de emergencia,
arrastrada durante décadas. Era ostensible que la estructura
de la Subsecretaría no era suficiente para enfrentar
la catástrofe social que atraviesan millones de pibes.
Por ese motivo se le entregó al Ministro de Desarrollo
Social de la Provincia, Daniel Arroyo, un proyecto que pretendía
dictar la emergencia administrativa del área de niñez
y adolescencia en toda la Provincia; crear un ente autárquico
que dependa directamente del gobernador; y triplicar el presupuesto
asignado para el área. La propuesta no fue considerada.
Ante esa situación el proyecto se elevó
en la Legislatura bonaerense. La iniciativa parlamentaria
que fue presentada por la diputada Valeria Amendolara estipula
la creación del Instituto Provincial de Niñez
y Adolescencia. El objeto de esta entidad busca "promover
y consolidar la instauración plena del Sistema Integral
de Promoción y Protección de Derechos de Niños,
Niñas y Adolescentes estatuido por las leyes 26.061
y 13.298 y sus modificatorias, en todo el ámbito de
la Provincia de Buenos Aires, teniendo a su cargo la gestión
y el cumplimiento de las misiones que al Poder Ejecutivo Provincial
le incumben como integrante del referido sistema, y en su
carácter de Autoridad de Aplicación".(2)
Para alcanzar un mínimo de eficacia
acorde con las dificultades de la problemática, el
proyecto de Ley le otorga al Instituto caracter de "entidad
autárquica", con "personería
jurídica para actuar pública y privadamente"
ylas facultades de "administrar y ejecutar el propio
patrimonio, de contar con una cuenta de gastos por cuenta
de terceros, la de proponer designaciones, ascensos, remociones
o traslados de personal, la de designar personal transitorio,
entre otras".(3)
El Proyecto de Ley obtuvo un dictamen favorable
en la Comisión de Niñez, Adolescencia, Familia
y Mujer y en estos momentos está siendo analizado en
la Comisión de Políticas Sociales. Posteriormente
deberá ser tratado en las comisiones de Reforma Política
y del Estado; Presupuesto e Impuestos; y Asuntos Constitucionales
y Justicia.
La experiencia nos ha demostrado que
el modelo del Estado paternalista protector de los niños
en situación irregular además de estar fundando
en una concepción perimida, ha resultado inoperante.
Pero esto no significa que el Estado se desentienda de la
problemática de la niñez. Por el contrario,
debe redoblar sus esfuerzos para encarar políticas
universales desde la óptica del derecho. El Estado
no debe volver al patronato, pero tampoco abandonar a los
chicos a su suerte.
No podemos seguir eludiendo que las
actuales herramientas de gestión del estado no son
las adecuadas para afrontar un desafío de semejante
magnitud. Por eso creemos que -así como se realizó
en torno a la política fiscal- es urgente la jerarquización
del área.
Hoy es menester tener una estructura que, respetando el marco
que establece la ley 13.298 de la Promoción y Protección
Integral de los Derechos de los Niños, garantice el
interés superior de todos los pibes.
El actual Gobierno supo articular en
la Provincia los mecanismos para la creación de un
Ente autárquico que pudiese atender las necesidades
fiscales de un Estado que debe velar por el acceso a la educación,
la salud, la seguridad y la asistencia de más de 11
millones de habitantes.
La gravedad que presenta hoy la situación
de la niñez en nuestro territorio hace obligatorio
adoptar decisiones similares para evitar un daño aún
mayor del que ya hemos permitido.
Hoy más que nunca es necesario crear un "ARBA"
para los pibes.
Proyecto de ley de creación
del Instituto Provincial de Niñez y Adolescencia
proyecto-de-ley.doc
(1) Informe sobre la Deuda Social de
la Infancia publicado por la Universidad Católica Argentina
(2) Ver Proyecto de Ley, Fundamentos
(3) Ver Op cit.
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