*Publicación digital - Marzo/Abril 2010
Año II N°6

 

 

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Ausencias
Obra fotográfica de Gustavo Germano

Cooperativas de Situación Irregular

Habida cuenta del tiempo transcurrido desde la sanción de la ley 13.298 y 13.634, en la redacción de Aquí estamos debatimos a diario sobre el desarrollo de las políticas publicas dirigidas a la niñez y la adolescencia y su correspondencia con los ejes rectores que se desprenden de la doctrina que sustenta la nueva legislación. Sabemos por experiencia que el camino de las reformas necesarias no es un trayecto lineal, ni sencillo; sino más bien un proceso complejo, lleno de obstáculos e intereses cruzados. Desde la puesta en marcha del Sistema de Promoción y Protección de Derechos de la Niñez (SPPDN) se han sucedido equipos de gestión de los más variados, con iniciativas, con coincidencias y oposiciones.
Lo que está demostrado es que las leyes como instrumentos jurídicos influyen la puesta en marcha de instituciones de las que no son ajenas la ideología de las personas que construyen esa institucionalidad. La letra de la ley puede morirse, las prácticas que produce son múltiples y variadas, las acciones en "su nombre" son un abanico extenso. Aquellos que apoyan fervientemente las leyes mencionadas y creen que representan un avance incuestionable a favor de la niñez, no entienden lo mismo por niñez, ni por política, ni por protección ni por Estado. En este plano se dan los debates, no sobre el texto del articulado de una norma legal.
Para quienes escribimos en esta publicación, entre los ejes centrales de la doctrina de la protección integral se encuentran la democracia y el reconocimiento de la dignidad de las personas y sus derechos humanos reconocidos tanto en la Convencion Internacional sobre los Derechos de la Niñez (CIDN) como en instrumentos anteriores de Derechos Humanos.
En este artículo ensayaremos una opinión sobre la base de una información no confirmada, sospechada de verídica y muy ilustrativa acerca de los tamices que nos diferencian de otros que también creen que es necesario afianzar el SPPDN.
Acá vamos:
Durante el mes de enero de 2010, la Subsecretaría de Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires (SNyA) tuvo la certera iniciativa de integrar a un sector de jóvenes atendidos por el SPPDN al Programa de Ingreso Social con Trabajo, Argentina Trabaja (PIST). Desde varias dependencias de la SNyA se convocó a la inscripción de postulantes, habida cuenta de la importancia del trabajo remunerado, en blanco y con complemento de capacitación para favorecer la calidad de vida de las familias vulnerables y apoyar la construcción de un proyecto de vida para jóvenes "estigmatizados" por su pertenecía al llamado "sistema". Todos sabemos lo que cuesta a un amplio sector juvenil encontrar trabajo; ya sea por su baja calificación profesional, su falta de referencias o la discriminación que realizan muchos patrones por portación de cara y domicilio.
A los 3 meses de realizada la convocatoria muchos jóvenes y miembros de sus grupos familiares fueron seleccionados y comenzarán a trabajar en breve tiempo. La sorpresa es que estos jóvenes realizarán una tarea: refaccionar institutos penales que alojan adolescentes y jóvenes ubicados en el Predio Villa Nueva Esperanza de La Plata, sito en avenida 520 casi ruta 2.
Para la implementación del programa se definió un reglamento de funcionamiento elaborado por la SNyA y la Secretaria Nacional (SENNAF), material con que no contamos, y que seguramente nos permitiría realizar un análisis más rico de esta experiencia.
Desde la información que tenemos, podemos ensayar algunas reflexiones sobre la necesaria relación entre la propuesta y los procesos de inclusión social. Debemos profundizar el análisis sobre la capacidad de producir prácticas novedosas ante la nueva posibilidad que esta iniciativa constituye, y poder aprovecharla para afianzar la construcción de autonomía de los jóvenes.

El trabajo es un organizador social y un derecho. A lo largo de la historia de las instituciones "minoriles" hubo diversas formas de integrar a los jóvenes a un empleo. La otorgación de peculios y becas como mecanismos de apoyo económico, la creación de pseudo cooperativas en las instituciones, la creación de programas de apoyo a los externados para la búsqueda de empleo y los rebusques al interior de las instituciones como lavar el auto de los empleados han funcionado como formas de distribuir dinero entre los internos de los establecimientos. Incluso durante mucho tiempo se han adjudicado cargos en la estructura administrativa estatal a jóvenes de ambos sexos egresados del sistema.
La llamada doctrina de la situación irregular, plasmada en el patronato de menores, las más de las veces ha profundizado la dependencia de los niños, adolescentes y jóvenes con el sistema, generándose un circuito en donde los "beneficiados" circulaban durante años por una estructura institucional que profundizaba su estigmatización produciendo a ex-menores.
Los especialistas en la materia plantean desde hace años que el abordaje de los jóvenes en el sistema penal con medidas alternativas a la privación de la libertad debe basarse en una modalidad que fortalezca los vínculos del joven con su comunidad, promoviendo la construcción de ciudadanía. Lo que de seguro conlleva la de responsabilidad. En síntesis es un abordaje comunitario.
Definir que la obra en la que van a desarrollar su primer trabajo como cooperativistas sea una obra del sistema de responsabilidad penal juvenil es boicotear de entrada la posibilidad de inclusión que el programa propone. También implica exponerlos a una situación muy compleja, con diferentes frentes a la vez. Descreemos que vayan a trabajar con mínimo grado de entusiasmo en la refacción de una obra que implica para ellos encierro. Habrá otros jóvenes que desde adentro intenten generar vínculos de distinto tipo con ellos, provocando seguramente diferentes situaciones de tensión y presión. Para muchos, una gran mayoría, será el primer trabajo: es decir de por sí ya hay un enorme desafío en sí mismo. ¿Para qué complicarlo más? La única respuesta que se nos ocurre es que una vez mas no se confía en las capacidades que cada pibe tiene de ser persona, de ver restituidos sus derechos, en este caso nada más ni nada menos que el de ser trabajadores.
El PIST de acuerdo a su cartilla de presentación, se propone crear oportunidades de inclusión y mejorar la calidad de vida de las familias y los barrios más vulnerables, a través de la formación de cooperativas de trabajo para la realización y/o mantenimiento de obras de infraestructura local y/o saneamiento. De acá se desprende que la herramienta del trabajo como mecanismo de inclusión está en íntima relación con la comunidad de pertenencia y el fortalecimiento de su infraestructura local.

El Plan define a las cooperativa como la unión voluntaria de un grupo de personas para trabajar en forma conjunta y así hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales, argumentando que este modo de funcionamiento (el cooperativo) fomenta la solidaridad entre los trabajadores y genera relaciones sociales más horizontales, representando las cooperativas una forma de participación social en la cual se privilegia el trabajo colectivo por sobre el esfuerzo individual. Promover estos espacios de organización en la comunidad es un modo de empezar a generar autonomía y organización popular.

Dada la escala del Programa, las cooperativas tendrán como mínimo 60 integrantes con cuadrillas articuladas por capataces. Donde así se convenie, se incorporará un orientador social, y si es necesario se incorporará también un profesional arquitecto, ingeniero o maestro mayor de obra.

En el caso de la SNyA, se obviaría la figura de capataz y se colocaría en ese lugar a un "asistente de minoridad", vieja pero vigente figura técnica que desarrolla tareas de asistencia a los "menores" alojados en las instituciones, un rol asociado al orden y la disciplina de las instituciones de encierro. Un rol que no fue repensado, capacitado y denominado a la luz de la nueva doctrina de protección a la niñez. Un rol que también muchas veces opera como referencia positiva y educativa al interior de las instituciones, pero que sin embargo entendemos que no tendría que hacerse cargo de acompañar la inclusión laboral de los pibes en cooperativas del programa Argentina trabaja. Entre diferentes motivos porque no están capacitadas en cooperativismo (eje central de la propuesta) y porque entendemos que sería muy importante que la propuesta de inclusión laboral pueda construirse como un puente que ligue fuertemente a cada pibe con la expectativa real de poder construir un camino de salida, con nuevas referencias.
Pensamos también que la figura de capataz no debe reemplazarse puesto que es imprescindible contar con personas expertas en construcción, con experiencia en dirección de obra. Prescindir de esta figura justamente en cooperativas que seguramente tendrán menos capacidades internas en esta expertiz no tiene lógica alguna. En otras cooperativas del Plan se suele dar que hay compañeros/as con experiencia larga en el rubro, que inclusive colaboran con los capataces (porque en rigor de verdad se trata de 4 capataces cada 60 cooperativistas).
De darse este procedimiento se perdería definitivamente el objetivo y propósito del Plan. Se parecería más a una escena de trabajos forzados rentados que a un esfuerzo para afianzar el goce del derecho al trabajo, la formación profesional y la inclusión comunitaria.

El Plan especifica que tipo de trabajos se llevan a cabo: Las cooperativas realizarán obras de mediana y baja complejidad, con un fuerte impacto en los barrios y que demanden mano de obra intensiva, teniendo en cuenta la capacidad de los recursos humanos y presupuestarios necesarios para afrontarlas. Terminada una obra, se continuará con otra. En todos los casos, se trata de obras que mejorarán las condiciones sociales y la calidad de vida de los vecinos y vecinas de los barrios.

Los ejemplos de acciones son claros:

Saneamiento: Redes de cloacas y agua.
Infraestructura urbana: Veredas, pavimento, cordón, cuneta, obras
de acceso para personas con discapacidad, iluminación y desagües pluviales.
Mejoramiento de espacios verdes: Plazas y parques, limpieza de las márgenes de ríos y arroyos, tratamiento de residuos sólidos y urbanos.
Infraestructura comunitaria: Mantenimiento y construcción de obras locales, escuelas, centros administrativos, comedores escolares, centros de salud sociales, clubes e iglesias.
Viviendas: Mejoramiento habitacional.
Mejoramiento habitacional y del hábitat.

Bajo ningún concepto, las cooperativas suplirán con sus trabajos el que realizan de manera permanente los trabajadores municipales y/o las empresas con las cuales los municipios tercericen servicios.

Un cambio de ley no implica, de por si, un cambio en las políticas publicas. Si a las nueva posibilidad la amoldamos en viejas prácticas, vamos a tener una "cooperativa de situación irregular", una cooperativa distinta a las demás porque "viste como son estos pibes, no?".