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Ausencias
Obra fotográfica de Gustavo Germano
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Cooperativas
de Situación Irregular
Habida cuenta del tiempo transcurrido
desde la sanción de la ley 13.298 y 13.634, en la redacción
de Aquí estamos debatimos a diario sobre
el desarrollo de las políticas publicas dirigidas a
la niñez y la adolescencia y su correspondencia con
los ejes rectores que se desprenden de la doctrina que sustenta
la nueva legislación. Sabemos por experiencia que el
camino de las reformas necesarias no es un trayecto lineal,
ni sencillo; sino más bien un proceso complejo, lleno
de obstáculos e intereses cruzados. Desde la puesta
en marcha del Sistema de Promoción y Protección
de Derechos de la Niñez (SPPDN) se han sucedido
equipos de gestión de los más variados, con
iniciativas, con coincidencias y oposiciones.
Lo que está demostrado es que las leyes como instrumentos
jurídicos influyen la puesta en marcha de instituciones
de las que no son ajenas la ideología de las personas
que construyen esa institucionalidad. La letra de la ley puede
morirse, las prácticas que produce son múltiples
y variadas, las acciones en "su nombre" son un abanico
extenso. Aquellos que apoyan fervientemente las leyes mencionadas
y creen que representan un avance incuestionable a favor de
la niñez, no entienden lo mismo por niñez, ni
por política, ni por protección ni por Estado.
En este plano se dan los debates, no sobre el texto del articulado
de una norma legal.
Para quienes escribimos en esta publicación, entre
los ejes centrales de la doctrina de la protección
integral se encuentran la democracia y el reconocimiento de
la dignidad de las personas y sus derechos humanos reconocidos
tanto en la Convencion Internacional sobre los Derechos
de la Niñez (CIDN) como en instrumentos anteriores
de Derechos Humanos.
En este artículo ensayaremos una opinión sobre
la base de una información no confirmada, sospechada
de verídica y muy ilustrativa acerca de los tamices
que nos diferencian de otros que también creen que
es necesario afianzar el SPPDN.
Acá vamos:
Durante el mes de enero de 2010, la Subsecretaría
de Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires
(SNyA) tuvo la certera iniciativa de integrar a un sector
de jóvenes atendidos por el SPPDN al Programa de
Ingreso Social con Trabajo, Argentina Trabaja (PIST).
Desde varias dependencias de la SNyA se convocó a la
inscripción de postulantes, habida cuenta de la importancia
del trabajo remunerado, en blanco y con complemento de capacitación
para favorecer la calidad de vida de las familias vulnerables
y apoyar la construcción de un proyecto de vida para
jóvenes "estigmatizados" por su pertenecía
al llamado "sistema". Todos sabemos lo que cuesta
a un amplio sector juvenil encontrar trabajo; ya sea por su
baja calificación profesional, su falta de referencias
o la discriminación que realizan muchos patrones por
portación de cara y domicilio.
A los 3 meses de realizada la convocatoria muchos jóvenes
y miembros de sus grupos familiares fueron seleccionados y
comenzarán a trabajar en breve tiempo. La sorpresa
es que estos jóvenes realizarán una tarea: refaccionar
institutos penales que alojan adolescentes y jóvenes
ubicados en el Predio Villa Nueva Esperanza de La Plata, sito
en avenida 520 casi ruta 2.
Para la implementación del programa se definió
un reglamento de funcionamiento elaborado por la SNyA y la
Secretaria Nacional (SENNAF), material con que no contamos,
y que seguramente nos permitiría realizar un análisis
más rico de esta experiencia.
Desde la información que tenemos, podemos ensayar algunas
reflexiones sobre la necesaria relación entre la propuesta
y los procesos de inclusión social. Debemos profundizar
el análisis sobre la capacidad de producir prácticas
novedosas ante la nueva posibilidad que esta iniciativa constituye,
y poder aprovecharla para afianzar la construcción
de autonomía de los jóvenes.
El trabajo es un organizador social y un derecho.
A lo largo de la historia de las instituciones "minoriles"
hubo diversas formas de integrar a los jóvenes a un
empleo. La otorgación de peculios y becas como mecanismos
de apoyo económico, la creación de pseudo cooperativas
en las instituciones, la creación de programas de apoyo
a los externados para la búsqueda de empleo y los rebusques
al interior de las instituciones como lavar el auto de los
empleados han funcionado como formas de distribuir dinero
entre los internos de los establecimientos. Incluso durante
mucho tiempo se han adjudicado cargos en la estructura administrativa
estatal a jóvenes de ambos sexos egresados del sistema.
La llamada doctrina de la situación irregular,
plasmada en el patronato de menores, las más de las
veces ha profundizado la dependencia de los niños,
adolescentes y jóvenes con el sistema, generándose
un circuito en donde los "beneficiados" circulaban
durante años por una estructura institucional que profundizaba
su estigmatización produciendo a ex-menores.
Los especialistas en la materia plantean desde hace años
que el abordaje de los jóvenes en el sistema penal
con medidas alternativas a la privación de la libertad
debe basarse en una modalidad que fortalezca los vínculos
del joven con su comunidad, promoviendo la construcción
de ciudadanía. Lo que de seguro conlleva la de responsabilidad.
En síntesis es un abordaje comunitario.
Definir que la obra en la que van a desarrollar su primer
trabajo como cooperativistas sea una obra del sistema de responsabilidad
penal juvenil es boicotear de entrada la posibilidad de inclusión
que el programa propone. También implica exponerlos
a una situación muy compleja, con diferentes frentes
a la vez. Descreemos que vayan a trabajar con mínimo
grado de entusiasmo en la refacción de una obra que
implica para ellos encierro. Habrá otros jóvenes
que desde adentro intenten generar vínculos de distinto
tipo con ellos, provocando seguramente diferentes situaciones
de tensión y presión. Para muchos, una gran
mayoría, será el primer trabajo: es decir de
por sí ya hay un enorme desafío en sí
mismo. ¿Para qué complicarlo más? La
única respuesta que se nos ocurre es que una vez mas
no se confía en las capacidades que cada pibe tiene
de ser persona, de ver restituidos sus derechos, en este caso
nada más ni nada menos que el de ser trabajadores.
El PIST de acuerdo a su cartilla de presentación,
se propone crear oportunidades de inclusión y mejorar
la calidad de vida de las familias y los barrios más
vulnerables, a través de la formación de cooperativas
de trabajo para la realización y/o mantenimiento de
obras de infraestructura local y/o saneamiento. De acá
se desprende que la herramienta del trabajo como mecanismo
de inclusión está en íntima relación
con la comunidad de pertenencia y el fortalecimiento de su
infraestructura local.
El Plan define a las cooperativa como la unión
voluntaria de un grupo de personas para trabajar en forma
conjunta y así hacer frente a sus necesidades y aspiraciones
económicas, sociales y culturales, argumentando que
este modo de funcionamiento (el cooperativo) fomenta la solidaridad
entre los trabajadores y genera relaciones sociales más
horizontales, representando las cooperativas una forma
de participación social en la cual se privilegia el
trabajo colectivo por sobre el esfuerzo individual. Promover
estos espacios de organización en la comunidad es un
modo de empezar a generar autonomía y organización
popular.
Dada la escala del Programa, las cooperativas
tendrán como mínimo 60 integrantes con cuadrillas
articuladas por capataces. Donde así se convenie, se
incorporará un orientador social, y si es necesario
se incorporará también un profesional arquitecto,
ingeniero o maestro mayor de obra.
En el caso de la SNyA, se obviaría
la figura de capataz y se colocaría en ese lugar a
un "asistente de minoridad", vieja pero vigente
figura técnica que desarrolla tareas de asistencia
a los "menores" alojados en las instituciones, un
rol asociado al orden y la disciplina de las instituciones
de encierro. Un rol que no fue repensado, capacitado y denominado
a la luz de la nueva doctrina de protección a la niñez.
Un rol que también muchas veces opera como referencia
positiva y educativa al interior de las instituciones, pero
que sin embargo entendemos que no tendría que hacerse
cargo de acompañar la inclusión laboral de los
pibes en cooperativas del programa Argentina trabaja. Entre
diferentes motivos porque no están capacitadas en cooperativismo
(eje central de la propuesta) y porque entendemos que sería
muy importante que la propuesta de inclusión laboral
pueda construirse como un puente que ligue fuertemente a cada
pibe con la expectativa real de poder construir un camino
de salida, con nuevas referencias.
Pensamos también que la figura de capataz no debe reemplazarse
puesto que es imprescindible contar con personas expertas
en construcción, con experiencia en dirección
de obra. Prescindir de esta figura justamente en cooperativas
que seguramente tendrán menos capacidades internas
en esta expertiz no tiene lógica alguna. En otras cooperativas
del Plan se suele dar que hay compañeros/as con experiencia
larga en el rubro, que inclusive colaboran con los capataces
(porque en rigor de verdad se trata de 4 capataces cada 60
cooperativistas).
De darse este procedimiento se perdería definitivamente
el objetivo y propósito del Plan. Se parecería
más a una escena de trabajos forzados rentados que
a un esfuerzo para afianzar el goce del derecho al trabajo,
la formación profesional y la inclusión comunitaria.
El Plan especifica que tipo de trabajos se
llevan a cabo: Las cooperativas realizarán obras
de mediana y baja complejidad, con un fuerte impacto en los
barrios y que demanden mano de obra intensiva, teniendo en
cuenta la capacidad de los recursos humanos y presupuestarios
necesarios para afrontarlas. Terminada una obra, se continuará
con otra. En todos los casos, se trata de obras que mejorarán
las condiciones sociales y la calidad de vida de los vecinos
y vecinas de los barrios.
Los ejemplos de acciones son claros:
Saneamiento: Redes de cloacas
y agua.
Infraestructura urbana: Veredas, pavimento, cordón,
cuneta, obras
de acceso para personas con discapacidad, iluminación
y desagües pluviales.
Mejoramiento de espacios verdes: Plazas y parques,
limpieza de las márgenes de ríos y arroyos,
tratamiento de residuos sólidos y urbanos.
Infraestructura comunitaria: Mantenimiento y construcción
de obras locales, escuelas, centros administrativos, comedores
escolares, centros de salud sociales, clubes e iglesias.
Viviendas: Mejoramiento habitacional.
Mejoramiento habitacional y del hábitat.
Bajo ningún concepto, las cooperativas
suplirán con sus trabajos el que realizan de manera
permanente los trabajadores municipales y/o las empresas con
las cuales los municipios tercericen servicios.
Un cambio de ley no implica, de por
si, un cambio en las políticas publicas. Si a las nueva
posibilidad la amoldamos en viejas prácticas, vamos
a tener una "cooperativa de situación irregular",
una cooperativa distinta a las demás porque "viste
como son estos pibes, no?".
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